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Ergonomia y personas con discapacidad en Argentina

Hoy leí un artículo en el portal ECOFIELD, en el que se trataba el tema de la ergonomía aplicada al tema de la discapacidad. Se explicaba por que es "posible" una adaptación del "puesto de trabajo"...
Pensaba al leerlo, en la famosa division entre ergonomia del puesto y sistemica... y asi llegue a pensar que en la Argentina haría falta, además de ergonomía del “puesto”, una ergonomía de la organización del trabajo, de la regulación nacional que ampara (o desampara) a estas personas…

Sera porque justamente hoy conoci a un especialista en el tema que me comentaba que de la regulación argentina solo obliga a las empresas publicas a contratar personal con discapacidad (y por lo tanto a intentar hacer algo acerca de la adaptación el puesto en si) en un 4%. Las empresas privadas no están implicadas en la obligación legal, y las del Estado no cumplen con la obligación. Por otro lado, las empresas por las que el Estado privatizo numerosos servicios públicos, telefonía, trenes, subtes, aguas, gas, etc. cuando son solicitadas por estas personas para conseguir un trabajo, responden la patética frase: “nosotros invertimos en esta concesión para ganar dinero, no para hacer beneficencia”.

O sea, se privatizo el beneficio de hacer beneficio, pero no la obligación de amparar al 4% de los trabajadores de la empresa, contratando personas con discapacidad.
Me atreví a proponer, desde ese conocido portal, las siguientes medidas para mejorar estas situaciones. Son medidas ergonómicas, pero más bien organizacionales:

- hacer que se cumpla la regulación en toda organización estatal y que se contrate el 4% de personal con discapacidad requerido.

- La falta de control de esta norma puede estar generando la deriva del no respeto de la contratación en organismos estatales. Se le debe dar entonces poder de control a las organizaciones de personas con discapacidad que sufren las consecuencias del incumplimiento de las leyes. Si no se hace esto, las leyes están solo para cumplir con una formalidad, para “hacer como si” tuviéramos un país civilizado, sin tenerlo realmente.

- ampliar la regulación: 1) obligando, a todas las empresas privadas que hagan beneficios, a dedicar un porcentaje del mismo a la contratación de personas con discapacidad. Esto se debe aplicar sobre todo a las empresas privatizadas que eran anteriormente estatales y que deberían seguir jugando ese rol de responsabilidad social. 2) que las empresas extranjeras cumplan con las reglas que rigen en sus países al respecto, y que en general son mucho más exigentes que las argentinas. En el caso de las francesas, por ejemplo, el 6% de sus empleados deben ser personas con discapacidad. De lo contrario, deben volcar la suma equivalente a un organismo que centraliza esta recaudación y que dedica los fondos a la reinserción, a la rehabilitación, a la ergonomía, etc. Las fundaciones que en Argentina se ocupan del tema (PAR, etc.) podrían agruparse en un organismo de control y gestión de este dinero, de adoptarse esta regla tan lógica.

- difundir las actividades con fines de lucro realizadas por las personas con discapacidad, asi la gente puede consumir sus productos y contribuir a su inserción en la sociedad.

Como verán, es solo un pantallazo de lo que puede ser “ergonómico” pero que no se limita al puesto y a su diseño material. La ergonomía es mas que eso, por suerte.
Me gustaria que quienes lean estas propuestas me den su opinion al respecto, mas si son personas con discapacidad... tambien me gustaria escuchar la opinion de quienes estan actualmente en algun organismo de control de la reglamentacion, para ver con que dificultades se topan a la hora de hacer cumplir las normas...

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